La Constitución de Cádiz, aprobada el 19 de marzo de 1812, festividad de San José, conocida por eso como la Pepa, fue la primera Constitución propiamente española, ya que el Estatuto de Bayona de 1808 no dejó de ser una “Carta otorgada” por el rey José I, marcada con el sello napoleónico.
Monumento conmemorativo de 'la Pepa' en Cádiz.
La constitución de 1812 enlazaba con las leyes tradicionales de la monarquía española, pero, al mismo tiempo, incorporaba principios del liberalismo democrático, tales como la soberanía nacional y la separación de poderes.
A lo largo de sus 384 artículos el texto reconocía por primera vez algunos derechos que en aquella época supusieron toda una revolución. Por ejemplo, se recogía por primera vez el derecho de propiedad y la inviolabilidad del domicilio particular. Durante su corta vigencia, marcó una serie de pautas que luego se tuvieron en cuenta en otras constituciones posteriores.
Las bases sobre las que se asentó la Constitución de 1812 no fueron otros que los intentos reformistas realizados durante el reinado de Carlos III por los ministros ilustrados. Sin querer admitir la crisis de la sociedad estamental y el auge cultural, económico e intelectual de la burguesía, su hijo, Carlos IV, aterrado por el estallido de la Revolución Francesa, paralizó aquellas tentativas.
El vacío de poder provocado por la invasión napoleónica de 1808 hizo resurgir las aspiraciones de los ilustrados, que hallaron una oposición aún más fuerte entre los absolutistas. Desde este punto de vista, la labor constituyente de las Cortes de Cádiz sería el primer atisbo de dos posturas políticas antagónicas, la conservadora y la progresista, que han persistido en la Historia de España.
La España de 1812 era un país dividido en dos grandes bloques respecto a la corona. Por un lado, los afrancesados, aquellos que no dudaron en aceptar las renuncias de Carlos IV y Fernando VII para ponerse bajo la protección de José Bonaparte y el citado Estatuto de Bayona de 1808, inspirado en el modelo de Estado constitucional napoleónico. Por otro, los realistas, divididos a su vez en absolutistas, jovellanistas y radicales, pero fieles a la dinastía de los borbones. Pero pese a la oposición conservadora, triunfó la opción liberal, aquella que, sin despreciar la tradición secular española, quiso adoptar las innovaciones aportadas por la Revolución Francesa.
La nueva Constitución reconocía la autoridad real y la religión católica como único credo oficial, pero también la libertad de prensa y la monarquía parlamentaria, depositando el poder legislativo en manos de una única cámara. También contemplaba la independencia de los tribunales de justicia. Además, se reconocía el sufragio universal masculino.
Las Cortes de Cádiz se propusieron instaurar la libertad, la igualdad y la propiedad como ejes fundamentales de las relaciones entre los ciudadanos. Un objetivo que quedó plasmado, por ejemplo, en la supresión del tribunal del Santo Oficio y las pruebas de nobleza, así como la creación de una nueva estructura tributaria que derogaba las prerrogativas de los gremios. El resultado final de estas medidas fue el encumbramiento de la burguesía, que sustituyó a la aristocracia y al clero como clase privilegiada.
No hay comentarios:
Publicar un comentario